San Salvador, El Salvador, 30 de julio de 2010
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Principales instrumentos legales que el contador municipal debe conocer

Fuente: Ministerio de Hacienda /DGCG
San Salvador, El Salvador.

El Ministerio de Hacienda presenta un lineamiento que todo contador municipal debe conocer en cuanto a los instrumentos legales acompañados de una breve explicación. 2/3




Listado de Principales Instrumentos legales

Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado (Ley AFI)

-Norma y armoniza la gestión financiera del Sector Público y crea el Sistema de Administración Financiera Integrada para la coordinación de las actividades de Presupuesto, Tesorería, Inversión y Crédito Público y la Contabilidad Gubernamental. Establece la obligatoriedad del sector municipal respecto a la Contabilidad Gubernamental y la coordinación de la inversión pública y el crédito público este último cuando el Estado sea garante de la municipalidad.

-En la Ley se establecen los objetivos de la Contabilidad Gubernamental, sus características, estructura, elementos básicos, los principios contables esenciales, la competencia de la Dirección General como ente rector, lineamientos generales para la información financiera, la custodia de la documentación de respaldo y la creación, funciones y responsabilidades de las Unidades Financieras Institucionales como responsables de la gestión operativa. Ver artículos específicos de contabilidad.(Ver Ley completa)

Reglamento de la Ley AFI

-El Reglamento de la Ley AFI desarrolla la normativa general relacionada con la organización, funcionamiento, dirección, coordinación y supervisión de la administración financiera del Estados, para el caso del sector municipal es de mucha importancia ya que en el se define los lineamientos para el registro, periodo de contabilización de los hechos económicos, soporte de los registros, fecha y periodos de cierre, formato y contenido de la información contable. La idoneidad, funciones y responsabilidades del contador para el desempeño de su cargo y sanciones por incumplimiento de los principios, normas y procedimientos de la Contabilidad Gubernamental. Ver artículos específicos. (Ver Reglamento completo)

Código Municipal

-Desarrolla los principios constitucionales referentes a la organización, funcionamiento y ejercicio de las facultades autónomas de los municipios. En lo relacionado a la contabilidad, se establece el funcionamiento de las administración financiera especialmente en el Título VI relacionado a la Hacienda Pública Municipal, Capítulo I de los bienes, ingresos y obligaciones, Capítulo II del presupuesto municipal, Capítulo III de la recaudación, custodia y erogación de fondos, Capitulo IV relativo a la contabilidad y auditoria y el Capítulo V del control administrativo.

-En cuanto a la contabilidad establece que el municipio esta obligado a llevar contabilidad debidamente organizada, efectuar obligatoriamente los registros contables de diario y de mayor y los demás que fueren necesarios por exigencias contables o por ley. Ver artículos específicos. (Ver Código Completo)

Ley Tributaria Municipal

-Tiene como finalidad establecer los principios básicos y el marco normativo general que requieren los municipios para ejercer y desarrollar su potestad tributaria, de conformidad con el Artículo 204 ordinales 1 y 6 de la Constitución de la República.

-El Contador Municipal como responsable del registro de los hechos económicos Institucionales, debe conocer sus Leyes Tributarias y los preceptos constitucionales que regulan el quehacer municipal. Ver Ley completa.

Ley y Reglamento de Creación del Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios (Ley FODES)

-La Ley Establece los criterios sobre los aportes del Estado a los municipios, de los recursos económicos necesarios para facilitar el financiamiento y realización de obras y proyectos en beneficio de los municipios. (Ver Ley Completa).

-El Reglamento facilita y asegura la aplicación de los principios contenidos en la Ley del FODES, especialmente lo contenido en el Capítulo IV referente a la administración. del fondo.

-El contador municipal debe conocer estos instrumentos legales especialmente el Capítulo IV del reglamento en el cual se establecen los criterios para la utilización del fondo, registro y contabilización de los gastos de preinversión y ejecución de proyectos financiados con FODES 80%, así como de los gastos para funcionamiento del 20%. Ver artículos específicos. (Ver Reglamento completo)

Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP)

-Las adquisiciones y contrataciones de obras, bienes y servicios, que deben celebrar las instituciones de la Administración Pública, estar reguladas por esta Ley, así como su relación con el presupuesto municipal.

-El contador municipal debe velar por el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, previo al registro de las transacciones financieras. Ver artículo específico. (Ver Ley completa)

Ley de la Corte de Cuentas de la República

-Le compete la fiscalización de la Hacienda Pública en general y la ejecución del presupuesto en particular, así como la gestión económica de las entidades a que se refiere la atribución cuarta del Art. 195 incisos 4 y 5 y Art. 207 de la Constitución de la República”.

-Los entes municipales están sujetos a la fiscalización y control de la Corte de Cuentas de la República, el contador municipal, como responsable de la información financiera institucional, debe aplicar la normativa legal y técnica en materia contable, así como de sus controles internos a fin de poder facilitar la rendición de cuentas ante los organismos fiscalizadores. (Ver Ley completa)

Constitución de la República

-La Constitución de la Republica es el marco legal del cual se despenden las leyes primarias de la republica, el contador municipal debe conocer los preceptos constitucionales que rigen el quehacer municipal, Titulo VI Órganos del Gobierno, Atribuciones y Competencias, Capitulo V, Art. 195, Capitulo VI Gobierno Local, Sección Segunda; Las Municipalidades, Art. 202 al 207. Ver artículos específicos. (Ver documento completo)


Referencia: 1.- Ministerio de Hacienda
Dirección General de Contabilidad Gubernamental


 
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